«Esto es de toda la vida…»
Se trata de una frase que oigo con relativa frecuencia, aunque en muchas ocasiones la referencia sea a algo que no pase de los 3 ó 4 decenios. A veces esta perspectiva no nos ayuda demasiado a comprender el devenir de los acontecimientos y situarlos en un contexto más adecuado. La escala a usar (recuerdo los eones de la geología que estudiábamos en el bachillerato), milenios, siglos, décadas… tiene su importancia. Quízás sea el inconsciente el que nos traicione y nos haga considerar nuestra realidad más cercana en tiempo y espacio como la única posible y permanente.
No me resulta posible concebir un trabajo sobre la situación de la infancia a lo largo y ancho del mundo y de las iniciativas por paliar las condiciones imperantes en muchos casos sin realizar el ejercicio de mirar atrás para comprender mejor de dónde venimos, situar mejor dónde nos encontramos y atisbar hacia dónde caminamos.
Comienzo así una serie de entradas sobre el desarrollo de los derechos de la infancia hasta la aprobación en 1989 del texto de la Convención de los Derechos del Niño en Asamblea General de las Naciones Unidas. Sigo para ello el recorrido que se recoge en el último informe sobre el Estado Mundial de la Infancia, de UNICEF, el que precisamente conmemora el 20 aniversario de dicha efeméride.
El cine y la literatura han dejado en nuestra retina y en nuestra mente innumerables imágenes de niños y niñas llenos de hollín en la época de la Revolución Industrial, fiel reflejo de una época en que las condiciones de vida (higiene, trabajo, hacinamiento, salud…) eran causa directa de las altas tasas de mortalidad infantil a unas edades que hoy en día en nuestro entorno podrían resultar muy sorprendentes.
No es hasta entrado el pasado siglo XX, tras la I Guerra Mundial (1914-1918) cuando comienzan los primeros esbozos de articular los derechos de la infancia. Algunos de estos antecedentes son:
1919:
Convenio de la Oficina Internacional de Trabajo (actual Organización Internacional del Trabajo) sobre el trabajo nocturno de los menores.
Eglantyne Jebb funda el Fondo Save the Children en Inglaterra (al año siguiente se crea en Ginebra la Unión Internacional Save the Children), con el propósito de recaudar fondos para la ayuda de emergencia a los niñ@s que padecían las consecuencias de la I Guerra Mundial.
1921:
Convenio de la Oficina Internacional de Trabajo sobre sobre la edad mínima (agricultura).
1924:
La Liga de Naciones adopta una breve declaración de la Unión Internacional Save the Children, aprobándose asi la Declaración de Ginebra sobre los Derechos del Niño, con cinco principios rectores:
1) dar carácter prioritario al derecho de la infancia a disponer de los medios necesarios para alcanzar el desarrollo material y espiritual;
2) ayudar a los niños y niñas hambrientos, enfermos, discapacitados, huérfanos o en contacto con la ley;
3) prestar asistencia prioritaria en tiempos de peligro;
4) proteger a los niños y niñas contra la explotación,
5) y ofrecerles una educación orientada a la vida en sociedad.
1946-1948:
El fin de la II Guerra Mundial trajo consigo el nacimiento de las Naciones Unidas, organización más preocupada en sus primeros años en promulgar la que a la postre sería la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948) que en atender las peticiones de la Unión Internacional de Protección de la Infancia (UIPI, con sede en Bruselas, alianza entre la Unión Internacional Save the Children y la International Association for Child Welfare) para que prestase su respaldo a la Declaración de Ginebra.
Una amiga de la UNESCO me comentaba como, en las legislaciones latinoamericanas, la infancia pobre es sujeta de derecho; sin embargo, en la medida que crecen, la legislación sobre la juventud es más bien punitiva. De alguna manera, en la representación de nuestr@s legislador@s la juventud pobre no tiene derechos y es más bien «peligrosa»
Interesante reflexión sobre la orientación final de las leyes (en positivo o en negativo, con todo lo que ello supone a la hora de educar a nuestr@s hij@s).
Bienvenid@s a este blog (y con cierta curiosidad de saber por dónde lo encontraron).
Saludos, 😉
En realidad, ayer me puse a bloggear. Y de aquí para allá llegué a tu blog. No sabría decir cómo. En todo caso me pasó super interesante y lo añadí a mi listado para seguir tus entradas.
Pingback: Derechos de la infancia. ¿De toda la vida? (II) | Hij@s de Eva y Adán